Juana de Arco nació en 1412 en Domrémy, una aldea del noreste de Francia, en una familia campesina.
Desde la adolescencia afirmó escuchar voces que identificó como san Miguel, santa Catalina y santa Margarita, las cuales la instaban a apoyar al delfín Carlos en la guerra contra Inglaterra.
En 1429 participó en operaciones militares decisivas, especialmente en el levantamiento del asedio de Orleans, y ese mismo año acompañó a Carlos VII a Reims para su coronación, un acto de enorme legitimidad política.
En mayo de 1430 fue capturada por fuerzas borgoñonas y entregada a los ingleses.

Motivos políticos y acusaciones religiosas
El proceso contra Juana se diseñó para desacreditarla como figura inspirada por Dios y, por extensión, cuestionar la legitimidad de Carlos VII.
Fue acusada formalmente de herejía, cisma, superstición, blasfemia y desobediencia a la autoridad eclesiástica.
También se le reprochó vestir ropa masculina, considerado un delito canónico.
Las acusaciones no se basaron en hechos militares, sino en la interpretación interesada de su experiencia espiritual.
Desarrollo del juicio público y estructura del tribunal
El juicio comenzó oficialmente el 21 de febrero de 1431 en Ruan, ciudad controlada por los ingleses, y fue presidido por Pierre Cauchon, obispo de Beauvais, partidario de Inglaterra.
El tribunal estaba compuesto mayoritariamente por clérigos favorables a la causa inglesa, lo que comprometía su imparcialidad.
Juana no contó con asesor legal ni con un defensor eclesiástico, a pesar de haberlo solicitado reiteradamente.
Los interrogatorios se desarrollaron en sesiones públicas y privadas.
Las actas conservadas muestran preguntas repetitivas, capciosas y teológicamente complejas, dirigidas a inducir contradicciones.
Juana respondió con coherencia y cautela, negándose a pronunciarse sobre cuestiones doctrinales que no dominaba y remitiéndose a la autoridad de la Iglesia universal, lo que frustró a los jueces.

Testimonios favorables ignorados deliberadamente
Está documentado que el tribunal rechazó o ignoró testimonios favorables a Juana.
Habitantes de Domrémy y soldados franceses habían declarado previamente sobre su piedad, su conducta moral intachable y su disciplina religiosa.
Estos testimonios, recopilados más tarde durante el proceso de rehabilitación, nunca fueron considerados durante el juicio de 1431.
Tampoco se permitió presentar testigos de la defensa ni examinar el contexto político de su actuación.
Trato durante la reclusión e interrogatorios
Juana estuvo recluida en una prisión militar inglesa y vigilada por soldados, en lugar de permanecer bajo custodia eclesiástica, como exigía el derecho canónico.
No existen pruebas documentales concluyentes de tortura física directa, pero sí consta que fue amenazada explícitamente con el uso del tormento para forzar confesiones.
Estas amenazas quedaron registradas en las actas.
La presión psicológica fue constante y sistemática.

Abjuración, reincidencia y condena
En mayo de 1431, tras semanas de interrogatorios y ante la amenaza de ejecución inmediata, Juana firmó una abjuración parcial.
Días después, fue acusada de reincidir en la herejía al volver a vestir ropa masculina, decisión motivada por su seguridad personal en prisión.
El tribunal utilizó este hecho como base legal para dictar la pena máxima.
El 30 de mayo de 1431, Juana de Arco fue condenada por herejía reincidente y ejecutada en la hoguera en la plaza del Mercado Viejo de Ruan.
Tenía diecinueve años.
Revisión posterior y significado histórico
En 1456, un tribunal eclesiástico ordenado por el papa Calixto III anuló el proceso por graves irregularidades jurídicas.
Juana fue rehabilitada oficialmente y reconocida como víctima de un juicio político.
Su caso es uno de los ejemplos mejor documentados de manipulación judicial en la Edad Media y una fuente fundamental para comprender la relación entre poder, religión y guerra.














